Desheredar a un hijo, cónyuge o ascendiente implica consecuencias directas sobre el reparto de la herencia. Si se realiza correctamente, el heredero pierde su derecho a la legítima. Sin embargo, si no se justifica legalmente o se redacta de forma incorrecta, puede ser impugnado y anulado.
Entre los efectos más importantes:
Para que la desheredación sea válida, debe cumplir tres requisitos esenciales:
Debe constar por escrito ante notario, indicando de forma expresa al heredero desheredado.
Solo se permite en supuestos previstos por ley, como maltrato, injurias, negación de alimentos o ausencia de relación grave y continuada (según jurisprudencia).
Es imprescindible poder demostrar la causa en caso de impugnación.
Los principales motivos de desheredación recogidos en el Código Civil incluyen:
Maltrato físico o psicológico
Injurias graves
Negación de alimentos
Ausencia total de relación por culpa del heredero
Solo si esa falta de relación es grave, continuada y demostrable, según reconoce la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Sí. Aunque no se adjunten en el testamento, deben existir pruebas o testigos que puedan acreditar la causa si el heredero impugna.
Sí, siempre que exista una causa legal, como maltrato o abandono. No basta con una decisión personal sin fundamento legal.
El juez valorará si la causa está probada. Si no se acredita, recuperará su derecho a la legítima.
En general, los descendientes del desheredado (nietos) pueden heredar en su lugar, salvo que también exista causa contra ellos.
La desheredación es un trámite delicado que debe realizarse con total seguridad legal para evitar conflictos futuros. En Testamentum le asesoramos paso a paso, garantizando que su voluntad se cumpla y que el proceso sea sólido frente a cualquier impugnación.