Uno de los momentos más difíciles en la gestión de una herencia llega cuando los herederos descubren que el fallecido no solo dejó bienes, sino también deudas. Esta situación es más común de lo que se cree, y genera preocupación e incertidumbre en las familias. La buena noticia es que la ley ofrece varias opciones para proteger a los herederos.

Heredar no siempre significa aceptar las deudas

Cuando se acepta una herencia en España, se reciben tanto los bienes como las deudas de la persona fallecida. Esto no significa que siempre haya que asumirlas sin más: la ley prevé mecanismos para limitar la responsabilidad del heredero.

¿Qué ocurre si hay deudas en una herencia?

En estos casos, los herederos tienen tres opciones:

  1. Aceptar la herencia pura y simple
    • Se adquieren todos los bienes, pero también todas las deudas.
    • El heredero responde de ellas no solo con lo heredado, sino también con su patrimonio personal.
  2. Aceptar la herencia a beneficio de inventario
    • Se hace un inventario detallado de bienes y deudas.
    • El heredero paga las deudas solo hasta donde alcance la herencia recibida, sin comprometer su patrimonio personal.
    • Es la opción más recomendable cuando se sospecha que hay deudas.
  3. Renunciar a la herencia
    • El heredero renuncia formalmente y no adquiere ni bienes ni deudas.
    • Es la opción adecuada si las deudas superan claramente el valor del patrimonio.

Consejos prácticos

Conclusión

Cuando hay deudas en una herencia, los herederos no están obligados a asumirlas sin condiciones. Existen mecanismos legales para limitar responsabilidades o incluso renunciar si es necesario. Lo importante es no precipitarse y actuar siempre con el asesoramiento adecuado.

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