Declaración de herederos y reparto del patrimonio, con acompañamiento profesional y humano.
Le ayudamos a distribuir el patrimonio entre los herederos (viviendas, cuentas, vehículos, etc.), buscando siempre el acuerdo entre las partes para evitar disputas y agilizar el proceso.
Habitualmente: certificado de defunción, últimas voluntades, DNI de los herederos y títulos de propiedad. Nosotros podemos gestionarlos.
Solo cuando no existe testamento. Si lo hay, se acude directamente a la partición y adjudicación, pero sigue siendo necesaria la asistencia legal.
Intentamos el acuerdo. Si no es posible, explicamos las opciones legales: desde la mediación hasta la vía judicial.
Sí. Un heredero puede aceptarla, rechazarla o hacerlo “a beneficio de inventario” para protegerse de posibles deudas. Explicamos las consecuencias de cada opción antes de tomar una decisión.
Depende del patrimonio y la situación familiar. Con buena gestión, puede resolverse en pocos meses.
Sí, en España es obligatorio liquidar el Impuesto de Sucesiones y, en algunos casos, la plusvalía municipal. Cada comunidad tiene bonificaciones diferentes. Le ayudamos a calcular y presentar correctamente estos impuestos.
No se hereda solo el patrimonio, también las deudas. Por eso es fundamental estudiar el patrimonio completo y valorar la aceptación a beneficio de inventario para no comprometer el patrimonio personal del heredero.
En la mayoría de los casos, sí. El reparto y adjudicación de bienes debe recogerse en una escritura pública para que los herederos puedan inscribir los bienes a su nombre y realizar gestiones bancarias o registrales.
Intentamos siempre llegar a un acuerdo amistoso. Si no es posible, existe un procedimiento legal de división judicial de herencia. En Testamentum mediamos para evitar llegar a ese punto.
Heredar no debería convertirse en un problema familiar. Si necesita ayuda para tramitar una herencia, declarar herederos o repartir bienes, en Testamentum estamos a su lado para guiarle con claridad y respeto.