Cuando una persona fallece sin haber hecho testamento, la ley exige tramitar una declaración de herederos para determinar quiénes tienen derecho a la herencia. Una de las dudas más frecuentes en estos casos es: “¿Quién puede iniciar este trámite?”. La respuesta no siempre es obvia, y conviene aclararla para evitar retrasos o errores.
¿Qué es la declaración de herederos?
La declaración de herederos es un documento notarial que acredita quiénes son los herederos legales de una persona que ha fallecido sin testamento. Es un paso imprescindible para poder repartir los bienes y avanzar con los trámites de la herencia.
¿Quién puede solicitar una declaración de herederos?
Pueden solicitarla aquellas personas que tengan un interés legítimo en la herencia:
- Cónyuge viudo: siempre que no se hubiera producido divorcio o separación legal.
- Hijos y descendientes: tienen prioridad en la herencia.
- Padres y ascendientes: en caso de que no haya descendientes.
- Hermanos, sobrinos u otros parientes colaterales: cuando no existan herederos más cercanos.
En caso de no haber familiares, el Estado se convierte en heredero y no procede la declaración.
El trámite se realiza siempre ante notario, y el solicitante debe presentar documentación como el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y el libro de familia o documentos que acrediten el parentesco.
Consejos prácticos
- Elija un notario del último domicilio del fallecido, del lugar donde estén la mayoría de los bienes o del lugar de fallecimiento.
- Prepare con antelación toda la documentación necesaria para evitar retrasos.
- Si hay varios posibles herederos, conviene acudir acompañados para que el notario pueda recoger todas las declaraciones en el mismo acto.
Conclusión
La declaración de herederos puede solicitarla cualquier familiar con derecho a la herencia, siendo prioritarios el cónyuge, los hijos y los ascendientes. Es un trámite esencial para poder repartir los bienes de una persona fallecida sin testamento.
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